Convocatoria 2020 para la cofinanciación de proyectos de cooperación internacional a países en vías de desarrollo desde la Fundación Pediatria y Salud de la AEPap

Fecha de presentación de proyectos 10 octubre-10 de diciembre
Cantidad otorgada 12.000 euros
 
1. INTRODUCCIÓN
La FUNDACIÓN PEDIATRÍA Y SALUD es una entidad sin ánimo de lucro cuya finalidad social persigue la consecución de fines de interés general, e incluida entre aquellas reguladas en el artículo 16 de la Ley 49/2002, de 23 de Diciembre, de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo, constando inscrita en Registro de Fundaciones del Ministerio de Economía y Ciencia, por orden ministerial de 7 de Septiembre de 2006.
Entre sus fines se hallan el colaborar con actividades cuyos fines sean lograr el máximo estado de salud del niño y el adolescente, con proyectos de desarrollo relacionados con la salud infantil en países en vías de desarrollo promovidos por Instituciones u Organizaciones no Gubernamentales, así como, el fomentar y ejercer la investigación sobre temas que afecten a la salud de la infancia y de la adolescencia desde la perspectiva de la Pediatría de Atención Primaria.
 
2. CONVOCATORIA:
 
Nueva convocatoria bienal de ayudas a proyectos de cooperación internacional al desarrollo y/o investigación en salud infantil en países en vías de desarrollo que concede la Fundación Pediatría y Salud de la AEPap con la aportación voluntaria de los pediatras que lo deseen. 
La Cuantía total de la financiación asciende en esta convocatoria a 12.000 euros, a repartir entre los proyectos que sean seleccionados, en caso de que sea más de uno. 
La financiación del proyecto podrá ser parcial o total. En caso de que el proyecto no se financie en su totalidad, la entidad receptora deberá justificar la financiación complementaria para llevar a cabo el proyecto.
El importe exacto dependerá de lo solicitado por la entidad considerando las características del proyecto y deberá ser dedicado íntegramente a gastos directos de ejecución del proyecto presentado.
 
3. Requisitos que deben reunir los proyectos:
· Los objetivos deben ir dirigidos específicamente a proyectos de mejora de la salud, investigación, educación y bienestar infantiles en países en vías de desarrollo.
· Los objetivos, actividades y recursos humanos y materiales necesarios para la ejecución del proyecto estarán suficiente y claramente explicados.
· Viabilidad técnica, económica y de gestión del proyecto.
· Que participe mayoritariamente una contraparte local con experiencia, capacidad y vinculación con la población beneficiaria.
 
4. ¿Quién puede presentar proyectos?
Cualquier ONG, Fundación, Asociación, o entidad sin ánimo de lucro y apolítica, que tenga como fines institucionales expresos, según sus propios estatutos, el relacionado con el desarrollo socio-económico de una población desfavorecida y que esté legalmente constituida e inscrita en los registros correspondientes y tenga actualizada su documentación en la Coordinadora de ONGs o en el Registro de Fundaciones o similar y estén auditadas por la Fundación Lealtad u otra empresa auditora de reconocida solvencia.
Quedan excluidas las que habiendo recibido subvenciones anteriormente, no hayan justificado suficientemente en los plazos previstos, los gastos correspondientes.
No podrán presentar proyectos las empresas, servicios dependientes del Estado o de Administraciones Autonómicas.
 
5. Criterios a valorar:
· Que el objetivo del proyecto esté relacionado con la sanidad infantil o forme parte de un proyecto de desarrollo integral.
· Que fomente la Atención Primaria.
· Que existan antecedentes de éxito en proyectos similares de la entidad solicitante.
· Que el proyecto incluya acciones de formación de la parte beneficiaria.
· Que el proyecto incluya investigación pediátrica.
· Que promueva la organización y participación de base o comunitaria.
· Que se especifiquen indicadores que midan resultados y la efectividad del sistema de verificación de los mismos.
· Que sea un proyecto sostenible y perdurable en el tiempo en la sociedad a la que va dirigida y mantenga la equidad en su desarrollo.
· Que cuente con personas voluntarias o cooperantes de nuestra sociedad especialmente y de todo el Estado Español en general de manera que puedan mantener la comunicación y dar fe del mismo.
· Que la renta per cápita de la población receptora se encuentre entre las más bajas del mundo.
 
6. Presentación de solicitudes
Las ONGs u organismos solicitantes presentarán la solicitud a la secretaría de la Fundación Pediatría y Salud, a la dirección del correo electrónico administracion@luaediciones.com
En el caso de que su solicitud sea elegida, será requerida para, en el plazo de 15 días, aportar la siguiente documentación original o fotocopia compulsada:
1. Estatutos de la entidad.
2. Tarjeta de identificación fiscal.
3. Certificación de la composición de la Junta Directiva u órgano equivalente.
4. Certificado de inscripción en el Registro que por su naturaleza jurídica corresponda.
5. Documentación acreditativa de estar al corriente de las cotizaciones de la Seguridad Social y en las obligaciones tributarias según lo dispuesto en la normativa vigente.
6. Memoria anual de la entidad solicitante correspondiente al último ejercicio, o documento similar que recoja la actividad de la entidad.
 
La formalización de la solicitud supone la aceptación de las bases de la convocatoria.
 
7. Plazo de presentación
La convocatoria se podrá leer en web de la AEPap. La solicitud se enviará antes del 10 de diciembre 2019 para ser evaluada y poder ampliar las preguntas si fuese necesario.
Las solicitudes incompletas o que no se ajusten a las bases de esta convocatoria, quedarán excluidas de la presente convocatoria.
 
8. Elección y comunicación de los proyectos ganadores
Los criterios se valorarán con una puntuación del 1 al 10.
La adjudicación y gestión de los fondos la realizará el comité de asignación del Grupo de Cooperación y de ello se informará en la asamblea anual de la AEPap y al patronato de la FUNDACIÓN PEDIATRÍA y SALUD.
La decisión adoptada por el comité es inapelable y ante ella no cabe recurso.
Excepcionalmente, el jurado podrá declarar desierta esta subvención, si los proyectos recibidos no responden en calidad y documentación a los objetivos de las mismas.
La resolución de la Convocatoria será notificada por correo electrónico a las entidades solicitantes.
La página web de la AEPap publicará los proyectos y entidades receptoras de las ayudas.
La elección se comunicará en el Acto de Clausura del Congreso anual de la AEPap.
 
9. Compromiso de la entidad subvencionada:
La entidad ganadora se comprometerá a:
a. Firmar un acuerdo en la persona de su representante legal en el que se establecerá el destino concreto del dinero.
b. Presentar un breve informe semestral narrativo y financiero elaborado por el organismo receptor de la ayuda indicando el momento actual del Proyecto y las posibles incidencias.
c. Presentar una memoria final de ejecución del proyecto elaborada también por el organismo receptor de la ayuda, acompañada de reportaje fotográfico según las distintas fases de ejecución del proyecto.
d. Acompañar los informes con los justificantes de gastos y facilitar los datos o auditorias que se le soliciten para demostrar la ejecución transparente del proyecto
e. Reintegrar los fondos percibidos en el supuesto de incumplimiento de las condiciones establecidas o en su caso, explicar los cambios y justificarlos
f. Destacar con visibilidad suficiente el logotipo de la FPS de la AEPap en el material que se utilice para la difusión de las actividades, en cualquier soporte, como así también en toda publicación resultante de esta actividad, indicando la condición de adjudicatarios de ayudas de la FPS en el marco de la presente convocatoria.
g. Autorizar a la AEPap a hacer público su nombre y contenido de los proyectos presentados, así como a realizar un seguimiento del uso de los fondos otorgados.
h. Admitir que cualquier miembro del Comité de asignación o representante nombrado por él podrá presentarse en cualquier momento, con o sin previo aviso en el terreno.
 
10. Protección de datos de carácter personal.
a. La Fundación Pediatría y Salud garantiza la privacidad de todos los datos personales facilitados por los solicitantes, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal. 
b. El titular de los datos podrá en cualquier momento ejercer el derecho de acceso,rectificación, cancelación y oposición en los términos establecidos en la Ley Orgánica 15/1999. El responsable del tratamiento es la FUNDACIÓN PEDIATRÍA Y SALUD, con domicilio en Avenida de Burgos nº 39, 1º Izda, 28050 Madrid.
 
En Madrid, a 10 de octubre de 2010
Fdo.: Concepción Sánchez Pina
Presidenta de la FUNDACIÓN PEDIATRÍA Y SALUD

 

Tipo de actividad: 
Convocatoria, beca o premio
Organizador: 
FUNDACIÓN PEDIATRÍA Y SALUD
Fechas: 
11 de Octubre de 2019
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